Convenio de Biodiversidad Biológica - Ley 24.375

El siguiente artículo forma para del Convenio de Biodiversidad Biológica ratificado por la Ley 24.375. Para leer el texto completo: click aquí

CONSERVACION IN SITU
Artículo 8
Cada Parte Contratante, en la medida de lo posible y según proceda:
"..j) Con arreglo a su legislación nacional, respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas, y fomentará que los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente;.."

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